Archivo Semana | Foto: Archivo Semana

Vejez

¿Cómo cotizar a pensiones desde el exterior?

Hay muchos casos de colombianos que aportan a pensiones durante su vida laboral y faltando unos años se van del país. Otros que trabajaron en el exterior toda su vida y que desean volver a pasar su vejez. Otros que viviendo fuera del país no cotizan a pensiones. ¿Qué pueden hacer para garantizar calidad de vida en su vejez?

22 de agosto de 2011

Realizar aportes al régimen de pensiones desde el exterior es sin duda una buena opción, sobre todo para aquellos emigrantes que han pasado su vida laboral en diferentes países del mundo y quieren garantizar una buena calidad de vida en su vejez.

Existen muchos casos de personas que han trabajado toda su vida en el país, que han cotizado a pensiones durante toda su vida y que por una u otra razón deciden irse a vivir al exterior. Al pasar los años, cuando llega el momento de pensionarse, no lo logran porque sus aportes no tienen la vigencia y no completaron las semanas cotizadas para hacerlo.

Por ejemplo, una persona que lleva 1.000 semanas cotizadas o 19 años de aportes a pensiones, decide irse a vivir a Estados Unidos y no continúa aportando al sistema, en el momento de cumplir los años para recibir su pensión, de invalidarse o morir, no tendrá derecho a este beneficio, pues no completará el mínimo de aportes requerido por la ley para acogerse que es de 50 semanas cotizadas en los últimos 3 años.

En este caso, dejar de cotizar le representa a esta persona dos cosas:

·   No alcanza la pensión de vejez.
·   En caso de invalidez queda desprotegido y en caso de muerte sus beneficiarios no podrían reclamar su pensión.

¿Cómo aportar?

Actualmente, el Instituto de Seguros Sociales (ISS) y los fondos de pensiones ofrecen alternativas para realizar el pago de los aportes desde cualquier país del mundo. Lo único que debe hacer, es afiliarse como independiente que es la categoría para los colombianos residentes en el exterior.

Así como para los residentes, el salario base de cotización de los colombianos en el exterior no podrá ser menor a un salario mínimo legal mensual vigente, ni superior a veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes en Colombia, esto aplica también para los residentes.

Las condiciones de edad y semanas cotizadas para pensionarse son las mismas que aplican para los que residen en el país. En el momento de cumplir con los requisitos la persona puede decidir el canal por donde quiere que le consignen su mesada pensional. Así se garantiza que aunque usted viva en el exterior, tenga acceso a la pensión que tiene derecho y para la cual ahorró durante toda su vida laboral.

Cada fondo de pensiones tiene sus políticas de afiliación, por ejemplo Porvenir, solo acepta la afiliación personal; mientras que Horizonte permite que la persona envíe su formulario por correo certificado; o el caso de Protección que puede llenar el formulario en su sitio en internet para que un asesor lo contacte y formalice su afiliación.

Por su parte, el ISS tiene “el programa colombiano seguro en el exterior”, que les permite también a todos los colombianos que no residen en el país empezar o continuar con sus aportes al sistema.

Un convenio de seguridad social para Iberoamérica


Además del canal tradicional, existe un convenio que entró en rigor en mayo de este año, y que aún no ha sido ratificado por el gobierno nacional, con el cual se garantiza que los colombianos que trabajen en alguno de los países participantes puedan aportar a pensiones y que en el momento de su regreso al país o que se desplacen entre países, conserven y sigan acumulando sus semanas cotizadas y sus aportes.

Los países que están dentro del convenio son Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Perú, Portugal, Uruguay y Venezuela.

Los países que faltan por ratificar el convenio son Colombia, Costa Rica, Perú y Venezuela.

Este acuerdo es de suma importancia, pues garantiza que los colombianos puedan evitar la pérdida de derechos en materia de pensiones de vejez, incapacidad, muerte y sobrevivencia de la población migrante y sus familias, al posibilitar la acumulación de los períodos cotizados en distintos Estados para la obtención de las prestaciones, dando la alternativa de percibirlas en un país distinto de aquel en el que se generaron.